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CALIDAD EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Atributo del servicio público de la educación en general, y en particular, al modo como ese servicio se presta, expresado en el grado de cumplimiento de un conjunto de características que exponen las condiciones que sería deseable lograr por un programa o una institución.

Esas características hacen referencia al proyecto educativo donde el programa o institución define su especificidad o vocación primera y que le sirve de orientación en su quehacer; a los profesores con que cuenta; a la selección y atención de los estudiantes a quienes forma; a los procesos de investigación, docencia y proyección social que adelanta; al bienestar de la comunidad que reúne; a la organización, administración y gestión; a los egresados y al impacto que logra en el medio; y a los recursos físicos y financieros con que cuenta.

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CARÁCTER ACADÉMICO-EDUCACIÓN SUPERIOR

Naturaleza o vocación en el quehacer académico de una institución de educación superior. Las instituciones de educación superior se clasifican de acuerdo con su carácter académico, así: Universidad, Institución universitaria, Institución tecnológica e Institución técnica profesional.

CARÁCTER-EDUCACIÓN MEDIA

Naturaleza o vocación en el quehacer de una institución de educación media. Las instituciones que ofrecen educación media se clasifican de acuerdo con su carácter en: académicas o técnicas.

CICLOS PROPEDÉUTICOS

Organización de la formación superior en ciclos secuenciales y complementarios, cada uno de los cuales brindan una formación integral correspondiente a ese ciclo y conduce a un título que habilita tanto para el desempeño profesional correspondiente a la formación obtenida, como para continuar el ciclo siguiente.

El primer ciclo que corresponde a la formación técnica profesional, está orientado a generar competencias y desarrollo intelectual como el de aptitudes, habilidades y destrezas al impartir conocimientos técnicos necesarios para el desempeño laboral en una actividad, en áreas específicas de los sectores productivo y de servicios.

El segundo ciclo que corresponde a la formación tecnológica, ofrece una formación básica común que se fundamenta y apropia de los conocimientos científicos y la compresión teórica para el desarrollo de un pensamiento innovador e inteligente, con capacidad de diseñar, construir, ejecutar, controlar, transformar y operar los medios y procesos que han de favorecer la acción del hombre en la solución de problemas que demandan los sectores productivo y de servicios del país.

El tercer ciclo que corresponde a la formación profesional, complementa el segundo ciclo en la respectiva área del conocimiento, de forma coherente, con la fundamentación teórica y la propuesta metodológica de la profesión, y hace explícitos los principios y propósitos que la orientan desde un perspectiva integral, considerando entre otros aspectos, las características y competencias que se espera posea el futuro profesional. Este ciclo implica el dominio de conocimientos científicos y técnicos.

CLASIFICACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Según su carácter académico, las Instituciones de Educación Superior (IES) se clasifican en instituciones técnicas profesionales, instituciones tecnológicas, instituciones universitarias o escuelas tecnológicas y universidades. Por razón de su naturaleza jurídica, las instituciones de educación superior se clasifican en estatales u oficiales, privadas y de economía solidaria.

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COHORTE

Conjunto de estudiantes que coinciden en el período académico de ingreso a primer curso, en un programa académico de una institución de educación superior.

COMISIÓN NACIONAL INTERSECTORIAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (CONACES)

Organismo del gobierno nacional vinculado al Ministerio de Educación Nacional y que tiene como principales funciones la coordinación y orientación del aseguramiento de la calidad de la educación superior, la evaluación del cumplimiento de los requisitos para la creación de instituciones de educación superior, su transformación y la redefinición de sus programas académicos.

COMPETENCIA

Capacidad compleja que integra conocimientos, potencialidades, habilidades, destrezas, prácticas y acciones que se manifiestan en el desempeño en situaciones concretas, en contextos específicos (saber hacer en forma pertinente). Las competencias se construyen, se desarrollan y evolucionan permanentemente.

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COMPETENCIAS LABORALES

Conocimientos, habilidades, aptitudes y actitudes necesarias para desempeñarse eficazmente en situaciones específicas de trabajo. Capacidad de resolver en forma autónoma y flexible los problemas que se presenten en el ejercicio de las funciones y de colaborar en el entorno profesional y en la organización del trabajo.

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CONSEJO NACIONAL DE ACREDITACIÓN (CNA)

Organismo de naturaleza académica que depende del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), integrado por personas de las más altas calidades científicas y profesionales con presencia nacional e internacional, cuya función esencial es la de promover y ejecutar la política de acreditación adoptada por el CESU y coordinar los respectivos procesos. Por consiguiente, orienta a las instituciones de educación superior para que adelanten su autoevaluación, adopta los criterios de calidad, instrumentos e indicadores técnicos que se aplican en la evaluación externa, designa los pares externos que la practican y hace la evaluación final.

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CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN NACIONAL (CESU)

Organismo del gobierno nacional vinculado al Ministerio de Educación Nacional, con funciones de coordinación, planificación, recomendación y asesoría, en particular las siguientes: proponer políticas y planes para la marcha de la educación superior; recomendar la reglamentación y procedimientos para organizar el sistema de acreditación, organizar el sistema nacional de información, organizar los exámenes de estado, establecer las pautas sobre la nomenclatura de títulos, creación de instituciones de educación superior, establecer los requisitos de creación y funcionamiento de los programas académicos; sugerir la suspensión de las personerías jurídicas otorgadas a las instituciones de educación superior; proponer los mecanismos para evaluar la calidad académica de las instituciones de educación superior y de sus programas; darse su propio reglamento de funcionamiento; y proponer las funciones que considere pertinentes en desarrollo de la Ley 30 de diciembre de 1992.

CONTRATO DE TRABAJO

Es un acuerdo verbal o escrito entre el trabajador y el empleador en el que se pactan la labor, el sitio, la jornada, la cuantía y la forma de pago. El contrato de trabajo puede celebrarse por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, por tiempo indefinido o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio.

Fuente: Código sustantivo del trabajo (artículo 22); Ministerio de la Protección Social

CONTRATO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS INDIVIDUALES

El elemento esencial de este contrato es la autonomía e independencia del contratista desde el punto de vista técnico y científico, además debe tener duración por tiempo limitado (contrato temporal). La afiliación al sistema integral de seguridad social se debe realizar como trabajador independiente, es decir que no se genera ninguna relación laboral con el patrono y por ende el trabajador debe asumir la totalidad del pago de las prestaciones sociales.

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CONTRATO VERBAL

Contrato celebrado de palabra en el cual el patrono y el trabajador se ponen de acuerdo al menos en dos puntos: la índole del trabajo y el lugar en el que se va a realizar, y la cuantía y forma de remuneración (por unidad de tiempo, obra ejecutada, por tarea, a destajo u otra cualquiera), y los periodos que regulen su pago.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (artículo 38).

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COTIZANTE

Persona nacional o extranjera, residente en Colombia, que por estar vinculada a través de contrato de trabajo, ser servidora pública, pensionada, jubilada o trabajadora independiente con capacidad de pago, aporta parte de sus ingresos para obtener el derecho de recibir los beneficios del sistema de protección social.

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