| ICETEX | |
Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - Mariano Ospina Pérez. Entidad financiera vinculada al Ministerio de Educación Nacional, cuyo objeto es el fomento social de la educación superior, especialmente en la población de bajos recursos económicos y en aquella con buen desempeño académico en todos los estratos económicos. Pone en marcha mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas en la educación superior (becas, créditos y otros apoyos de carácter nacional e internacional).
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| ICFES | |
Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior: Entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.
Su objeto fundamental es el fomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico en todos los estratos a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas a la educación superior, la canalización y administración de recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros.
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| INGRESO BASE DE COTIZACIÓN (IBC) | |
Porción del salario del trabajador dependiente o independiente que se toma como base para aplicar el porcentaje de aporte respectivo al momento de realizar la cotización al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Fuente: Decreto 695 de 1994
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| INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR ACREDITADAS | |
Aquellas que tienen vigente el reconocimiento público de sus altos niveles de calidad y del cumplimiento de su función social, otorgado mediante acto administrativo por el ministerio de educación nacional, previo concepto del consejo Nacional de acreditación (CNA).
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| INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR (IES) | |
Establecimientos organizados con el fin de prestar el servicio público educativo en cualquiera de los diferentes niveles de formación de la educación superior
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| INSTITUCIONES TÉCNICAS PROFESIONALES | |
Instituciones de educación superior que se caracterizan por su vocación e identidad manifiestas en los campos de los conocimientos y el trabajo en actividades de carácter técnico, debidamente fundamentadas en la naturaleza de un saber, cuya formación debe garantizar la interacción de lo intelectual con lo instrumental, lo operacional y el saber técnico.
Estas instituciones podrán ofrecer y desarrollar programas de formación hasta el nivel profesional sólo por ciclos propedéuticos y en las áreas de las ingenierías, tecnología de la información y administración, siempre que se deriven de los programas de formación técnica profesional y tecnológica que ofrezcan, y previo cumplimiento de los requisitos señalados en la ley. También podrán ofrecer y desarrollar programas de especialización en su respectivo campo de acción.
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| INSTITUCIONES TECNOLÓGICAS | |
Se caracterizan por su vocación e identidad manifiestas en los campos de los conocimientos y profesiones de carácter tecnológico, con fundamentación científica e investigativa.
Estas instituciones podrán ofrecer y desarrollar programas de formación hasta el nivel profesional sólo por ciclos propedéuticos y en las áreas de las ingenierías, tecnología de la información y administración, siempre que se deriven de los programas de formación tecnológica que ofrezcan, y previo cumplimiento de los requisitos señalados en la ley. También podrán ofrecer y desarrollar programas de especialización en su respectivo campo de acción.
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| INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS O ESCUELAS TECNOLÓGICAS | |
Instituciones de educación superior facultadas legalmente para ofrecer programas de formación en ocupaciones, programas de formación académica en profesiones o disciplinas y programas de especialización en sus respectivos campos de acción.
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